COMUNICADO PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS SECUNDARIAS DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR

Estimados señores directores de las Instituciones Educativas del nivel secundario, de acuerdo a la R.S.G. N” 360-2017-MINEDU, se ha revisado los informes de horas adicionales por lo que no se ajusta a las disposiciones que se establece puesto que solo se dan horas adicionales para cubrir el plan de estudios de cada institución educativa no se puede añadir o adicionar a docentes contratados con plaza orgánica puesto que su jornada de tales docentes es de 30 horas si hubiere casos que ya no se puede añadir más horas se debe ejecutar de acuerdo al numeral VII Disposiciones Complementarias Finales numeral 7.5.

NOTA: Para subsanar si hubiere el caso deberán traer el documento actualizado de Cuadro de Distribución de Horas Anexos 1 y 3 de JER, Anexos 06 y 08 JEC, en donde al detalle nominal y distribución con sus respectivos códigos de Nexus y de bolsa de horas.

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