PRECISIONES SOBRE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO LABORAL DEL DOCENTE EN EL MARCO DE LA ETAPA DE RENOVACIÓN DE CONTRATO.
(…) Al respecto, corresponde precisarles que de acuerdo a lo establecido en el numeral 14.1 del artículo 14 de la norma que regula el contrato docente, se estableció lo siguiente:
14.1 El profesor contratado en el marco del contrato del servicio docente en EBE, EBA, EBR y ETP es evaluado en su desempeño laboral para la renovación de su contrato, en las fechas establecidas en el cronograma regional.
Sobre el particular, se les comunica que se ha tomado conocimiento que algunos directivos de instituciones educativas a nivel nacional, habrían dispuesto no evaluar en su desempeño de los profesores contratados que laboraron en el año 2025, situación preocupa; toda vez que, se estaría afectando el derecho de los docentes a participar de una de las etapas, como es la renovación de contrato; así como se estaría vulnerando las disposiciones establecidas en la norma técnica.

























